Términos y condiciones

Lee los términos y condiciones de RentX para alquileres en Madeira. Políticas claras, seguro y reglas de reserva.

Paisagem Sugestiva Lda, con domicilio social en Rua Imperatriz Dona Amélia, n.º 60, 9000-018 Funchal, inscrita en el Registro Mercantil de Funchal con el número único de registro e identificación de persona jurídica (NIPC) 517196611, con capital social de € 50.000,00 (cincuenta mil euros), es responsable del sitio web www.rentx.pt (en adelante, el «sitio web»).

1. Objeto del Contrato

Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto regular los términos y condiciones que rigen la relación contractual entre Paisagem Sugestiva Lda. (en adelante, el «Arrendador») y su Cliente, mejor identificado en el Contrato (en adelante, el «Arrendatario»), en el ámbito del alquiler del vehículo automóvil o motocicleta de 2 ruedas (en adelante, el «Bien Alquilado») identificado en dicho contrato.

2. Entrega del Bien Alquilado

2.1. El Arrendatario declara expresamente que, en el momento de la recogida, el Bien Alquilado se encuentra en perfecto estado de uso y sin ningún daño, higienizado, sin defectos aparentes y acompañado de los respectivos equipos, accesorios y documentos, así como con el depósito de combustible lleno. El Arrendatario queda obligado a devolverlo en el mismo estado en que lo recibió y en el lugar, fecha y hora designados en el Contrato de Alquiler.

2.2. A efectos del apartado anterior, en el momento de la entrega, todos los vehículos deberán estar acompañados de triángulo de señalización, cuentakilómetros sellado, herramientas de uso corriente, rueda de repuesto o kit antipinchazos, chaleco reflectante, extras contratados, fotocopia autenticada del permiso de circulación, carta verde del seguro y ficha de inspección, cumpliendo todos los requisitos legales.

2.3. En el momento de la entrega, las motocicletas de 2 ruedas van acompañadas de Top Case, 2 cascos, cuentakilómetros sellado, herramientas de uso corriente, extras contratados, copia autenticada del permiso de circulación, carta verde del seguro y ficha de inspección, cumpliendo todos los requisitos legales.

2.4. El Arrendatario será responsable de cualquier pérdida o destrucción, total o parcial, de los equipos, extras contratados, accesorios o documentos que acompañen al Bien Alquilado durante la vigencia del contrato de alquiler.

2.5. La pérdida o destrucción, total o parcial, de los bienes descritos en el apartado anterior dará lugar a un cargo de € 50,00 (cincuenta euros) hasta € 5.000,00 (cinco mil euros) por los perjuicios sufridos por el Arrendador, en particular los costes derivados de la reposición de equipos, accesorios y emisión de duplicados de documentos, así como los gastos administrativos soportados por el Arrendador.

2.6. La pérdida de la llave del Bien Alquilado obliga al Arrendatario al pago de una tasa de € 500,00 (quinientos euros).

3. Uso del Bien Alquilado

3.1. El Arrendatario se compromete, durante la vigencia del contrato de alquiler, a utilizar el Bien Alquilado con cuidado y diligencia, adoptando todas las medidas preventivas, tanto pasivas como activas, conduciendo con la diligencia exigida, así como actuando de conformidad con las normas aplicables y el Código de Circulación portugués.

3.2. A todos los efectos, el Arrendatario se compromete a no utilizar/conducir el Bien Alquilado, en particular, en las siguientes situaciones:

  • a) Para realizar transporte de pasajeros o mercancías en infracción de la ley;
  • b) Para organizar eventos deportivos o entrenamientos, sean oficiales o no;
  • c) Para remolcar y/o impulsar cualquier vehículo, remolque u otro objeto;
  • d) Bajo la influencia del alcohol o sustancias alucinógenas;
  • e) Por personas que no sean conductores autorizados en virtud del contrato de alquiler;
  • f) Y en cualquier otra situación prohibida por la ley.
  • g) Está prohibido conducir o utilizar el vehículo en caminos de tierra o fuera de carreteras asfaltadas destinadas a vehículos motorizados. El uso del vehículo fuera de carretera podrá implicar un cargo de entre € 100,00 y € 5.000,00.

3.3. Si el Bien Alquilado se utiliza en infracción del contrato de alquiler, el Arrendador podrá resolver el Contrato y el Arrendatario deberá devolver inmediatamente el Bien Alquilado en el lugar estipulado. En caso contrario, el Bien Alquilado podrá serle retirado conforme a la ley, siendo el Arrendatario responsable de todos los gastos y daños causados.

3.4. En el contrato de alquiler celebrado entre el Arrendador y el Arrendatario, quedan excluidos del precio contractual:

  • a) Multas asociadas a infracciones de tráfico durante la vigencia del contrato de alquiler por actos ilícitos y culpables del Arrendatario en violación del Código de Circulación o de la legislación complementaria aplicable;
  • b) El coste del remolque del Bien Alquilado hasta la estación del Arrendador en caso de accidente de tráfico;
  • c) Cualesquiera gastos incurridos en relación con siniestros, así como gastos administrativos.

3.5. El Arrendador no será responsable ante el Arrendatario ni ante ningún pasajero por la pérdida o daños materiales causados a bienes personales transportados o dejados en el Bien Alquilado, ya sea durante o después del período de alquiler.

3.6. En las situaciones en que el Arrendatario desee ampliar el período del contrato, dicha ampliación estará sujeta a la disponibilidad del Arrendador, sin que este esté obligado a proporcionar un vehículo más allá del período inicialmente contratado.

3.7. TASA DE USO – Decreto Legislativo Regional n.º 7/2025/M

De conformidad con el artículo 10 del Decreto Legislativo Regional n.º 7/2025/M, de 4 de diciembre de 2025, se debe pagar una tasa de uso por cada vehículo alquilado, calculada de la siguiente manera:

  • € 2,00 por día completo (período de 24 horas), hasta un máximo de 10 días por contrato (importe máximo de € 20,00)
  • € 1,00 por día completo, hasta un máximo de 10 días por contrato (importe máximo de € 10,00), en el caso de vehículos de cero emisiones

El importe de la tasa se calcula en función del número de días indicado en el contrato de alquiler, conforme conste en el mismo, y se detalla en una línea separada en la factura/recibo emitida a nombre del cliente.

Esta tasa no está incluida en el coste de la reserva ni en el coste del alquiler; se trata de un cargo autónomo, obligatorio e impuesto por ley, que se añade al precio total del servicio contratado.

La tasa de uso no es reembolsable, independientemente de cancelación, devolución anticipada del vehículo o cualquier otra modificación de las condiciones inicialmente acordadas.

RentX se reserva el derecho de negarse a entregar cualquier vehículo a clientes que se nieguen a pagar esta tasa. Al tratarse de una obligación legal, la negativa a pagarla impide la celebración del contrato de alquiler y la consiguiente puesta a disposición del vehículo, sin que el cliente tenga derecho al reembolso del importe de reserva previamente abonado en estos casos.

4. Devolución del Bien Alquilado

4.1. El Arrendatario se compromete a devolver el Bien Alquilado el día, a la hora y en la estación del Arrendador, en los términos indicados en el contrato de alquiler.

4.2. En caso de devolución anticipada del Bien Alquilado, el Arrendador no estará obligado a reembolsar importe alguno en virtud del contrato de alquiler.

4.3. En el caso de reservas realizadas a través del sitio web o aplicaciones del Arrendador, la cancelación de reservas y los consiguientes reembolsos se realizarán en los siguientes términos:

  • a) Hasta 7 (siete) días antes de la recogida del Bien Alquilado, el Arrendador reembolsará la totalidad del importe pagado, excluyendo cualquier tasa asociada;
  • b) Hasta 4 (cuatro) días antes de la recogida del Bien Alquilado, el Arrendador reembolsará la mitad del importe pagado, excluyendo cualquier tasa asociada;
  • c) En caso de cancelaciones con 3 (tres) días o menos de antelación, el Arrendador no reembolsará los importes pagados.

4.4. El Arrendatario se compromete a devolver el Bien Alquilado en el estado exacto en que le fue entregado, en particular:

  • a) Con el mismo nivel de combustible que tenía en el momento de la entrega del Bien Alquilado, acompañado del comprobante de repostaje. En los casos en que el Vehículo Alquilado sea devuelto en incumplimiento de esta obligación, se aplicará un cargo de € 2,74 (dos euros con setenta y cuatro céntimos) por cada litro de combustible faltante, más una tasa administrativa de repostaje de € 10,00 (diez euros);
  • b) En la estación del Arrendador acordada en el contrato de alquiler. Si el Bien Alquilado se devuelve en una estación del Arrendador distinta de la acordada en el contrato de alquiler, se aplicará un cargo de € 30,00 (treinta euros);
  • c) A la hora y en el día acordados en el contrato de alquiler. La devolución del Bien Alquilado a una hora o en un día distinto del acordado implicará una tasa de € 200,00 (doscientos euros) por cada hora de retraso;
  • d) En el mismo estado de limpieza en que el Bien Alquilado fue entregado al Arrendatario. Si el Bien Alquilado se devuelve excesivamente sucio, se aplicará un cargo de € 120,00 (ciento veinte euros);

4.5. Finalizado el período de alquiler contratado, se considerará que el Bien Alquilado circula sin autorización y contra la voluntad del Arrendador, lo que será sancionable por ley. El Arrendatario será responsable de todos los daños causados, incluidos los daños causados por terceros al Bien Alquilado. El Arrendador podrá, conforme a la ley, tomar posesión del Vehículo Alquilado, incluso contra la voluntad del Arrendatario, y tendrá derecho a reclamar al Arrendatario todos los daños derivados del incumplimiento del contrato de alquiler.

5. Seguro y Cobertura de Daños

5.1. Todos los vehículos del Arrendador están cubiertos por un seguro de automóvil en los términos exigidos por la legislación portuguesa.

5.2. El Arrendatario tiene la opción de contratar servicios de cobertura para cubrir los daños que puedan producirse durante el período de alquiler:

  • a) Collision Damage Waiver (CDW) — cubre el importe de los daños resultantes de una colisión hasta un determinado importe, reduciendo la responsabilidad del Arrendatario;
  • b) Super Collision Damage Waiver (SCDW) — una versión ampliada de CDW con franquicias más bajas;
  • c) Theft Protection (TP) — cubre la pérdida o daños causados por robo o intento de robo del Bien Alquilado;
  • d) Personal Accident Insurance (PAI) — cubre gastos médicos y muerte accidental del conductor y pasajeros.

5.3. Cualquier daño al Bien Alquilado no cubierto por el seguro será responsabilidad del Arrendatario, incluidos los gastos administrativos y de remolque cuando proceda.

6. Mantenimiento y Reparación del Bien Alquilado

6.1. Cualquier reparación o mantenimiento del Bien Alquilado que resulte necesario durante el período de alquiler será realizado exclusivamente por el Arrendador, debiendo el Arrendatario informar al Arrendador de dicha necesidad tan pronto como tenga conocimiento de ella.

6.2. En caso de avería repentina del Bien Alquilado, el Arrendatario deberá contactar inmediatamente con el Arrendador y seguir las instrucciones que le sean dadas.

6.3. Cualesquiera gastos incurridos por el Arrendatario en relación con reparaciones o mantenimiento del Bien Alquilado, sin el consentimiento del Arrendador, serán de exclusiva responsabilidad del Arrendatario y no habrá derecho al reembolso de los gastos incurridos.

6.4. Las reparaciones o el mantenimiento realizados por el Arrendatario sin el consentimiento del Arrendador que resulten perjudiciales para el Bien Alquilado estarán sujetos a un cargo de € 50,00 (cincuenta euros) a € 5.000,00 (cinco mil euros), dependiendo de la gravedad de los actos realizados.

6.5. Repostar el vehículo con el tipo de combustible incorrecto o perder la llave del vehículo no estará cubierto por ningún tipo de seguro. Esto dará lugar a un cargo por parte del Arrendador de entre € 600,00 y € 5.000,00.

7. Servicios

7.1. El Arrendatario se beneficia de un servicio de asistencia en carretera 24 horas durante el período de alquiler. La asistencia en carretera tendrá un coste adicional de acuerdo con el punto 7.4.

7.2. En caso de avería, el Arrendador proporcionará al Arrendatario el remolque o retirada del vehículo, el transporte del Arrendatario y pasajeros hasta la estación del Arrendador, así como un vehículo de sustitución durante el resto del contrato de alquiler.

7.3. En caso de avería, el Arrendatario deberá contactar inmediatamente con el Arrendador en la siguiente dirección: Paisagem Sugestiva Lda., Rua da Levada do Cavalo n.º 43, 9000-714 Funchal, Móvil +351 937118351.

7.4. La asistencia en carretera estará sujeta a los siguientes cargos:

  • De lunes a viernes:
    • i. La asistencia dentro del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 110,00 (ciento diez euros);
    • ii. La asistencia fuera del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 150,00 (ciento cincuenta euros);
    • iii. La asistencia entre las 20:00 y las 08:00 dentro del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 230,00 (doscientos treinta euros);
    • iv. La asistencia entre las 20:00 y las 08:00 fuera del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 250,00 (doscientos cincuenta euros);
  • Sábado y domingo:
    • i. La asistencia dentro del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 160,00 (ciento sesenta euros);
    • ii. La asistencia fuera del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 200,00 (doscientos euros);
    • iii. La asistencia entre las 20:00 y las 08:00 dentro del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 280,00 (doscientos ochenta euros);
    • iv. La asistencia entre las 20:00 y las 08:00 fuera del municipio de Funchal estará sujeta a una tasa de € 300,00 (trescientos euros);

7.5. Las averías causadas por el Arrendatario, aunque sean por negligencia, serán de exclusiva responsabilidad del Arrendatario y conllevarán los siguientes costes:

  • a) reparación y/o restitución del estado del vehículo;
  • b) indemnización por el período durante el cual el vehículo permanezca inmovilizado;
  • c) remolque, por importe de € 150,00 (ciento cincuenta euros);
  • d) transporte hasta la estación más cercana para recoger un vehículo de sustitución, por importe de € 200,00 (doscientos euros);
  • e) transporte si el Arrendatario desiste del contrato de alquiler.

7.6. La celebración del contrato de alquiler implica obligatoriamente la contratación de uno de los siguientes servicios:

  • a) Depósito por el valor total del contrato de alquiler (CDW) — seguro contra daños propios, garantizado mediante un depósito en el que el Arrendatario solo podrá ser cobrado hasta el valor máximo del depósito. El importe del depósito varía según el vehículo alquilado.
  • b) Seguro completo con franquicia (SCDW) — seguro contra todo riesgo excepto daños en la parte inferior del motor, daños en el interior del motor, daños en el embrague y la caja de cambios, repostaje con combustible incorrecto, daños causados por conducción fuera de carretera, pinchazos en los laterales de los neumáticos causados por impacto contra un bordillo y pérdida de llaves. Cualquiera de estos daños no cubiertos por el seguro podrá dar lugar a un cargo de entre € 100,00 y € 5.000,00. En caso de daño cubierto por el seguro, el Arrendatario podrá ser cobrado hasta el importe máximo de la franquicia para activar el seguro. El importe del depósito a efectos de seguridad varía según el vehículo contratado.
  • c) Seguro completo (SSCDW) — seguro contra todo riesgo excepto daños en la parte inferior del motor, daños en el interior del motor, daños en el embrague y la caja de cambios, repostaje con combustible incorrecto, daños por conducción fuera de carretera, pinchazos en los laterales de los neumáticos causados por impacto contra un bordillo y pérdida de llaves, lo que puede implicar un cargo de entre € 100,00 y € 5.000,00. El Arrendatario con seguro SSCDW está totalmente protegido contra cualquier daño causado al Vehículo Alquilado, excepto los indicados anteriormente. Este seguro no requiere depósito.
  • d) Seguro a terceros (TPI) — seguro de responsabilidad civil frente a terceros incluido en todos los contratos de alquiler.
  • e) Cualquier seguro o depósito pagado se refiere únicamente al vehículo alquilado, y el Arrendador no garantiza un vehículo de sustitución ni mantiene el seguro o depósito pagado por el primer vehículo cuando las situaciones derivadas de la sustitución del vehículo resulten de situaciones no cubiertas por el seguro o depósito.
  • f) Las situaciones de negligencia grave también se consideran no cubiertas por ningún tipo de seguro. El Arrendador se reserva el derecho, si considera que el cliente no está en condiciones de conducir o si el daño fue causado intencionalmente o por negligencia grave, de retirar el vehículo al Arrendatario en cualquier momento sin garantizar un vehículo de sustitución, e incluso de negarse a alquilar de nuevo a los mismos clientes.
  • g) La negligencia grave puede incluir, entre otros: conducir bajo los efectos del alcohol; exceso de velocidad; conducción peligrosa o imprudente; incumplimiento de señales de tráfico; uso del vehículo por personas no autorizadas por el Arrendador para conducirlo; conducir sin licencia de conducir válida; proporcionar información falsa en el momento del alquiler; uso del vehículo para fines no autorizados como carreras, transporte de mercancías peligrosas o servicios ilegales; conducir fuera de áreas autorizadas; conducción fuera de carretera; no informar de accidentes al Arrendador; huir del lugar del accidente; no completar el parte de accidente; repostar con combustible incorrecto; conducir con niveles críticos de aceite y agua; no informar al Arrendador de la necesidad de mantenimiento del vehículo; realizar mantenimiento o servicios en el vehículo sin autorización del Arrendador; conducir el vehículo con más ocupantes de los permitidos en el permiso de circulación; daños en el interior; daños causados por animales dentro del vehículo.

Independientemente del tipo de contrato elegido por el Arrendatario, este será siempre responsable ante Paisagem Sugestiva Lda, incluidos los beneficios dejados de obtener por la imposibilidad de alquilar el vehículo, por los daños causados en las siguientes situaciones:

  • Daños resultantes de accidentes causados por una grave violación de las normas de tráfico o por actitudes que constituyan delitos contra la seguridad vial.
  • Daños causados por conducir bajo la influencia del alcohol o sustancias ilegales.
  • Daños al vehículo resultantes de accidentes causados por conducción inadecuada o comportamiento extremadamente negligente por parte del Arrendatario o conductores autorizados, incluso en caso de disputa legal.
  • Daños a las llaves proporcionadas para abrir el vehículo, al interior del vehículo y a la tapicería.
  • Daños causados por condiciones meteorológicas adversas, así como los costes de asistencia derivados de dichas condiciones, excepto en casos de fuerza mayor.
  • Daños o pérdida de sillas infantiles.
  • Daño, pérdida o robo de llaves, gato, triángulos de seguridad, chalecos, limpiaparabrisas, tapón del depósito de combustible, bandejas del maletero o cualquier otro componente móvil o fijo del vehículo, así como el uso de extintores o botiquines fuera de situaciones de accidente del vehículo.
  • Daños en el motor causados por negligencia.
  • Daños derivados de repostaje incorrecto.
  • Robo del vehículo cuando las llaves están puestas en el contacto.
  • Daños causados por el uso del vehículo fuera de las zonas reservadas para la circulación de vehículos.

7.7. Algunos vehículos requieren que el Arrendatario contrate seguros específicos.

7.8. Las reparaciones o mantenimientos realizados por el Arrendatario sin el consentimiento del Arrendador que sean perjudiciales para el Bien Alquilado no están cubiertos por los seguros anteriormente identificados.

8. Accidentes de Tráfico

8.1. En caso de accidente de tráfico o alteración del estado en que fue entregado el Bien Alquilado, el Arrendatario se compromete a proteger los legítimos intereses del Arrendador.

8.2. A efectos del apartado anterior, el Arrendatario se compromete a seguir los siguientes procedimientos:

  • a) Comunicar cualquier accidente, hurto, robo, incendio, daño causado por animales o cualquier otro siniestro al Arrendador y a la policía en un plazo máximo de 10 horas, salvo caso de fuerza mayor;
  • b) Obtener los nombres y direcciones de las personas implicadas, testigos y matrículas;
  • c) No abandonar el vehículo sin adoptar las medidas adecuadas para su protección y salvaguarda, salvo caso de fuerza mayor;
  • d) No asumir responsabilidad alguna ni declararse culpable en caso de accidentes que puedan implicar responsabilidad del Arrendador;
  • e) Contactar inmediatamente con el Arrendador, salvo causa de fuerza mayor, y proporcionarle un informe detallado del accidente, incluido el informe de accidente levantado por las autoridades policiales tan pronto como esté disponible;
  • f) Entregar toda la documentación justificativa, incluida la Declaración Amistosa de Accidente de Automóvil y el justificante de transporte/remolque debidamente cumplimentados y firmados, en la estación de devolución acordada en el contrato de alquiler.

8.3. En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado anterior que pueda causar daños concretos al Arrendador, este se reserva el derecho de imputar al Arrendatario el pago del importe equivalente a la totalidad del daño atribuible al Arrendatario.

8.4. El Arrendador rechaza desde este momento toda responsabilidad por los accidentes que puedan ser causados por el Arrendatario más allá del período de alquiler, asumiendo el Arrendatario de forma expresa la responsabilidad única y exclusiva por dichos accidentes.

9. Pagos

9.1. El Arrendatario se compromete a pagar todas las cantidades debidas en virtud del contrato de alquiler tan pronto como sean solicitadas por el Arrendador.

9.2. A efectos del apartado anterior, las cantidades debidas son:

  • a) El precio contratado, en función del período de alquiler;
  • b) Cualesquiera cargos relativos a cancelación/reducción de franquicia, depósitos de garantía, seguros y otros gastos aplicables;
  • c) Todos los impuestos y tasas que graven el contrato de alquiler;
  • d) Todos los costes soportados por el Arrendador derivados del cobro de pagos pendientes por parte del Arrendatario.

9.3. Toda factura no pagada en su fecha de vencimiento estará sujeta a intereses de demora al tipo máximo permitido por la ley.

9.4. Para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, el Arrendatario prestará un depósito de garantía mediante tarjeta de crédito por el importe indicado en el contrato de alquiler. A tal efecto, el Arrendatario autoriza expresamente el cargo de todas las cantidades debidas en virtud del contrato, previa notificación oportuna por parte del Arrendador. Lo dispuesto en este apartado no se aplica al Arrendatario que haya contratado el seguro SSCDW.

9.5. Tras la devolución del Bien Alquilado, el importe del depósito de garantía será reembolsado al Arrendatario en un plazo de 20 (veinte) días hábiles, siempre que no existan cantidades adeudadas al Arrendador.

10. Métodos de Pago

10.1. El Arrendador acepta como medios de pago y depósito del depósito de garantía en el marco de los contratos de alquiler los siguientes: tarjeta de crédito, tarjeta de débito, transferencia bancaria y efectivo.

10.2. No se aceptan pagos ni depósitos realizados con tarjetas Maestro y American Express.

11. Gastos Administrativos

11.1. Si el Arrendador es notificado de cualquier infracción o conducta ilícita cometida por el Arrendatario, incluidos los actos de identificación del mismo, el Arrendatario estará obligado a pagar el importe de la multa impuesta, más una cantidad adicional entre € 10,00 y € 50,00 por la prestación de información a la entidad responsable, en concepto de gastos administrativos.

11.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, cualquier incidente durante el contrato de alquiler que requiera la actuación del personal del Arrendador podrá dar lugar a la aplicación de una tasa administrativa de entre € 10,00 y € 50,00.

12. Protección de Datos Personales

12.1. Los datos personales facilitados por el Arrendatario y/o el/los conductor(es) serán recogidos por el Arrendador, entidad responsable de su tratamiento, y serán utilizados única y exclusivamente para las siguientes finalidades:

  • a) Ejecución y cumplimiento de obligaciones precontractuales y contractuales, en particular para la gestión de reservas y alquiler de vehículos;
  • b) Cumplimiento de obligaciones legales;
  • c) Gestión de la relación contractual con el Arrendatario y el/los conductor(es), en particular para contactos por motivos administrativos y/u operativos, incluido el procesamiento de daños en vehículos, accidentes e infracciones de tráfico.

12.2. Los datos personales facilitados se conservarán durante el período mínimo estrictamente necesario para cumplir las finalidades indicadas en el apartado anterior, de conformidad con lo establecido en la política de privacidad, y serán eliminados tan pronto como se determine que ya no son necesarios, o al finalizar el período máximo de conservación.

12.3. El Arrendador trata los datos personales facilitados por el Arrendatario y el/los Conductor(es) con la máxima confidencialidad y ha implementado medidas técnicas y organizativas para proteger los datos personales contra la destrucción accidental o ilícita, pérdida accidental, alteración, difusión o acceso no autorizado.

12.4. Los datos personales facilitados por el Arrendatario podrán ser compartidos con proveedores o prestadores de servicios del Arrendador, única y exclusivamente para las finalidades identificadas en esta cláusula, garantizando el Arrendador que dichas entidades también disponen de medidas técnicas y organizativas para garantizar la plena protección de los datos personales del Arrendatario y que únicamente tratarán los datos para el pleno cumplimiento de las finalidades identificadas.

12.5. Los datos del Arrendatario y del/los conductor(es) podrán ser compartidos con entidades responsables siempre que exista una infracción administrativa o de tráfico durante el período de alquiler.

12.6. El Arrendador garantiza que nunca venderá, prestará ni transferirá los datos personales del Arrendatario a terceros sin el consentimiento expreso y explícito del Arrendatario para ello, y se compromete asimismo a recabar el consentimiento expreso del Arrendatario y del/los conductor(es) para el tratamiento de datos personales con fines distintos de los descritos en el apartado 12.1 de estas condiciones.

12.7. El Arrendatario y el/los conductor(es), como titulares de datos personales, tienen garantizado el derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, así como el derecho a limitar el tratamiento de dichos datos, oponerse a dicho tratamiento y solicitar la portabilidad de los mismos.

Para cualquier aclaración relativa al tratamiento de los datos del Arrendatario, este podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la siguiente dirección de correo electrónico: admin@rentx.pt.

Si el Arrendatario considera que sus datos han sido utilizados indebidamente, siempre podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control — la Comisión Nacional de Protección de Datos (www.cnpd.pt).

12.8. Mediante la firma del contrato de alquiler, el Arrendatario confirma que acepta la Política de Privacidad del Arrendador, disponible para consulta en www.rentx.pt.

13. Resolución Alternativa de Litigios

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley n.º 144/2015, de 8 de septiembre, se informa al Arrendatario de la existencia de mecanismos de resolución alternativa de litigios (RAL), en particular mediante recurso al Centro de Arbitragem do Sector Automóvel (CASA), con sitio web en www.arbitragemauto.pt y sede en Av. da República, 44 - 3.º Esq., 1050-194 Lisboa.

Esta información no obliga al proveedor a adherirse a la resolución alternativa de litigios.

14. Deber de Comunicación e Información

14.1. Cuando proceda, el Arrendatario declara haber tomado conocimiento y aceptar que el Bien Alquilado está equipado con un dispositivo de geolocalización (GPS), que podrá utilizarse en caso de incumplimiento contractual y/o cruce de frontera.

14.2. El Arrendatario reconoce que no está permitido fumar dentro del vehículo.

14.3. El Arrendatario reconoce que todas las cláusulas contenidas en estas Condiciones Generales le han sido comunicadas con la debida antelación y expresamente, y que conoce su contenido, que ha aceptado íntegramente, por lo que firma el contrato de alquiler sin reserva alguna.

14.4. El Arrendatario acepta el registro duradero de su firma en el contrato de alquiler, a todos los efectos legales, de conformidad con el Decreto-Ley n.º 446/85, de 25 de octubre.

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